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Protocolo de Seguridad Sanitaria y Laboral COVID-19

por | Jun 3, 2021 | Noticias, Portada | 0 Comentarios

Documento para empresas y organizaciones

Orientaciones para dar cumplimiento a la Ley N°21.342 MINTRAB.

jueves, 3 de junio, 2021

Desde el 01 de junio se encuentra vigente la Ley N°21.342 del Ministerio del Trabajo (MINTRAB) que establece Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria decretada con ocasión de la enfermedad de COVID-19.

¿Qué establece esta Ley?

  • En su título I define la obligatoriedad para todas las empresas con trabajadores en modalidad presencial, de disponer de un protocolo de seguridad sanitaria y laboral COVID-19, definiendo los contenidos mínimos de éste.
  • En su título II define la obligación por parte del empleador de contratar un seguro en favor de los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial, para financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación de cargo del trabajador, asociados a la enfermedad COVID-19.

Por su parte, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha dispuesto una guía y un documento tipo para elaborar el protocolo, el que debe ser adaptado por cada organización.

¿Qué es lo que deben hacer las empresas?

1 Confeccionar el Protocolo de Seguridad Sanitaria Laboral COVID-19, para retomar la actividad laboral de carácter presencial o continuar con sus actividades de manera presencial. Para ello deben utilizar los documentos provistos por SUSESO, adaptando el modelo de Protocolo a la realidad de su empresa, utilizando la guía como referencia.
2 Contratar un seguro para todos sus trabajadores que desarrollan sus labores en forma presencial o semi-presencial. Contratar el seguro con cualquiera de las instituciones del mercado que lo ofrezcan.

¿Cuál es el plazo?

La ley establece que la elaboración del Protocolo debe estar implementado el 14 de junio de 2021 como plazo máximo. Con respecto a la contratación del seguro, el plazo vence el 04 de julio de 2021 para los trabajadores actuales y 10 días luego de su contratación para trabajadores nuevos.

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