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Riesgos Psicosociales

Información general

Desde el 1 de septiembre de 2013 todas las empresas y organismos del país deben implementar el “Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo”, cuyo objetivo principal es identificar la presencia y nivel de exposición a riesgos psicosociales al interior de los lugares de trabajo de todas las organizaciones del país.

Le corresponde al empleador la obligación de realizar la identificación, evaluación de factores psicosociales, conforme a las normas y metodología establecidas en el protocolo, para así fortalecer aquellos aspectos que pudiesen fomentar el bienestar y la salud, así como desarrollar acciones para disminuir y controlar este tipo de riesgos.

IMPORTANTE

A contar del día 2 de septiembre de 2016, comenzó a regir la circular N° 3243 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), la cual “Imparte instrucciones a los Organismos administradores del seguro de la ley N° 16744 sobre la metodología de evaluación e intervención en riesgo psicosocial laboral”, siendo uno de los objetivos de esta circular actualizar las versiones breve y completa del cuestionario SUSESO/ISTAS21, por medio de un manual de uso año 2016.

Algunos aspectos relevantes de la circular y manual de uso 2016, son los siguientes:

  • Se define metodología de 7 pasos para la aplicación del Cuestionario (Versión breve y/o completa), así como sus plazos máximos.
  • Se establecen criterios para la evaluación en lugares de trabajo de 25 o menos trabajadores y lineamientos para la conformación de los comité de aplicación en cada caso.
  • Modificaciones e incorporación de nuevas preguntas en ambas versiones del cuestionario SUSESO/ISTAS21.
  • Criterios para cuestionarios con respuestas en blanco en formato papel.
  • Cambios en el porcentaje mínimo de participación.
  • Consideraciones generales para la realización de los grupos de conversación.
  • Propuesta de formato para la presentación de resultados y medidas de mejora.
  • Definición de plazos y procedimientos para aquellas organizaciones que ingresen al programa de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo

Para más información respecto a estos puntos:

Descargar circular 3243 de la SUSESO.

Descargar manual de uso del cuestionario SUSESO/ISTAS21 versiones completa y breve.

Descargar Actualización Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo.

¿Qué son los factores psicosociales en el trabajo?

Los factores psicosociales son entendidos como aquellas situaciones y condiciones del trabajo que se relacionan con el tipo de organización, el contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, los cuales tienen la capacidad de afectar en forma positiva o negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica o social) del trabajador y sus condiciones de trabajo. Es importante considerar que cuando un factor tiene la capacidad de afectar en forma negativa, estaríamos hablando de Riesgo Psicosocial.

Según el Comité Mixto OIT / OMS, los factores psicosociales consisten en interacciones entre, por una parte, el trabajo, el medio ambiente y las condiciones de organización, y por la otra, las capacidades del trabajador, sus necesidades, su cultura y su situación personal fuera del trabajo, todo lo cual, a través de percepciones y experiencias, pueden influir en la salud, el rendimiento y la satisfacción en el trabajo”.

¿Qué es el Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo?

Mediante resolución exenta N° 336 de 2013 del Ministerio de Salud fue aprobado el “Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo”, cuyo objetivo es contar con un instrumento que entregue las orientaciones técnicas para medir la existencia y magnitud de estos factores en las distintas organizaciones de nuestro País, generando recomendaciones para disminuir la incidencia y prevalencia de enfermedades relacionadas con la salud mental de los trabajadores. Para esto, la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), propone el Cuestionario SUSESO/ISTAS 21, instrumento adaptado y estandarizado a la población chilena que evalúa los riesgos psicosociales. 

 

¿Por qué es importante medir los factores psicosociales?

La medición es importante porque nos permite tener una visión respecto de las diversas condiciones implicadas en el trabajo, que pueden constituirse tanto en factores protectores o de riesgo para la salud de las personas, los equipos de trabajo y las organizaciones.

Del mismo modo, la medición nos permite generar orientaciones y abordajes de estos factores, como organización, a través de la adopción de medidas de mejora que permitan fortalecer aquellos aspectos que pudiesen fomentar el bienestar y la salud, así como desarrollar acciones para disminuir y controlar este tipo de riesgos.

¿Es obligatorio medir los factores psicosociales?

Todas las empresas u organizaciones deben medir su nivel de riesgo psicosocial.

De acuerdo al Código del Trabajo, Art. 184 “El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”. Asimismo, de acuerdo al D.S. 40, el empleador debe informar a sus trabajadores sobre los riesgos inherentes al proceso productivo.

¿Qué documentación se solicitará al momento de la fiscalización?
¿Cuál es el rol del empleador en el abordaje de los factores psicosociales?

Será responsabilidad del empleador medir la exposición a riesgo psicosocial y contar con acciones necesarias para disminuir y/o eliminar sus efectos. Lo anterior se realiza mediante la planificación y ejecución de acciones específicas, así como implementando campañas de difusión y sensibilización. El objetivo de esto es informar respecto a la medición y conseguir una participación representativa de los trabajadores en la aplicación del cuestionario (al menos 60% de la dotación del lugar de trabajo).

¿Cuál es el rol del trabajador con respecto a los factores psicosociales?

La responsabilidad del trabajador es estar informado y ser protagonista activo y vigilante de los factores psicosociales presentes en su trabajo, así como de participar en las actividades que realice el Comité de Aplicación.

¿Cuál es el rol de las organizaciones al interior de la empresa, comités paritarios, asociaciones gremiales, sindicatos, etc.?

El rol de las organizaciones de trabajadores – independiente de su naturaleza y motivación de asociación- es conocer los factores y riesgos psicosociales, mantenerse informado sobre la situación de estos en su empresa, y tener un rol activo y de colaboración en la construcción de medidas y estrategias que gestionen los factores psicosociales, participando en el Comité de Aplicación del Cuestionario SUSESO/ISTAS 21.

¿Cuál es el rol del área de RRHH en la implementación del Protocolo?

Participar activamente en el proceso de implementación del Protocolo, formando parte activa del Comité de Aplicación.

¿Cuál es el rol del Comité de Aplicación del Cuestionario SUSESO/ISTAS 21?
  • Liderar el proceso de implementación del protocolo
  • Velar por el cumplimiento de las condiciones de la evaluación de riesgos psicosociales y por la confidencialidad  y anonimato en la aplicación del cuestionario
  • Tomar las decisiones necesarias y aplicar los criterios que se requieran durante el proceso de evaluación e implementación de medidas correctivas
  • El comité debe estar compuesto por personas que representen los siguientes estamentos dentro de la empresa:
  • Representante de los trabajadores del Comité Paritario
  • Sindicato o Asociación de Funcionarios. En caso de no existir, un representante de los trabajadores elegido por votación.
  • Encargado de Recursos Humanos
  • Prevención de Riesgos, o bien otra área definida por el Empleador

 

¿Cuál es el rol del IST en la gestión de factores psicosociales?

El IST, como organismo administrador de la ley 16.744, tiene la misión y responsabilidad de asesorar a sus empresas adherentes, y notificar a los organismos normativos y fiscalizadores en los casos establecidos por el Protocolo y/o cuando la autoridad lo requiera.

¿Cuál es rol de SEREMI Salud y la Dirección del Trabajo en la implementación del Protocolo?

Su función y responsabilidad es la fiscalización de las normativas legales vigentes, impartidas por los propios organismos estatales u otros que los faculten, respecto a la salud y seguridad en el trabajo.

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